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Leyes

Normativas sobre migración internacional

El repositorio de normativas sobre género y migración internacional surge de reciente alianza celebrada a principios del 2017 entre la CEPAL, desde el  Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe, y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM),  Oficina de Chile. La iniciativa se enmarca en un contexto de la creciente feminización de los flujos migratorios en América Latina. 

El repositorio hace una apuesta para visibilizar a los instrumentos legales nacionales que contemplan a las mujeres migrantes como sujetos de derechos, y responde al reconocimiento hecho por diversos estudios, de que las migrantes son sujetos que sufren de manera más aguda la desigualdad , lo que refuerza la necesidad de marcos normativos específicos de protección y garantía de sus derechos.

La inclusión de las normativas nacionales en este repositorio se basa en la presencia en dichos textos de al menos alguno de los siguientes criterios: i) alusión explícita a mujeres, adolescentes o niñas migrantes; ii) prohibición de todas las formas de discriminación basadas en el género y en la condición migratoria y; iii) insistencia sobre la necesidad de respetar las especificidades de género y de condición migratoria.

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  • 2013
    Argentina

    Ley 4.409

    La Ley instituye el 10 de Enero como el "Día de las Mujeres Migrantes" en el ámbito de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires, bajo la supervisión de la Dirección General de la Mujer dependiendo del Ministerio de desarrollo social de la CABA. 

  • 2004
    Argentina

    Ley 25.871, Ley de Migraciones

    La Ley 25.871 modifica el régimen legal de admisión, ingreso, permanencia y egreso de extranjeros en la República Argentina que fue aprobado en 1981 por la Ley General de migraciones y de fomento de la inmigración. La nueva ley fija los principios generales de la política migratoria argentina y da cumplimiento a los compromisos internacionales de Argentina en materia de derechos humanos, integración y movilidad de los migrantes. Las mujeres migrantes están formalmente protegidas por la ley ya que "se considerarán discriminatorios todos los actos u omisiones determinados por motivos tales como etnia, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, género, [...]" (art.13)