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Leyes

Leyes y planes de salud sexual y reproductiva

Repositorio en construcción.

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  • 2020
    El Salvador

    Ley Especial de Inclusión de las personas con discapacidad

    El artículo 53 de la presente ley dispone que  las instituciones que presten servicios de salud, deberán implementar acciones encaminadas a garantizar la atención en salud sexual y reproductiva de las personas con discapacidad, con énfasis en las mujeres con discapacidad, sin distinción alguna. Se garantiza el respeto a la autonomía de las mujeres con discapacidad en los procesos de planificación familiar y en casos de esterilizaciones, basados en su consentimiento libre e informado.

  • 2020
    Argentina

    Ley 27.611

    La presente ley tiene por objeto fortalecer el cuidado integration de la salud y la vida de las mujeres y otras personas gestantes, y de los niños y las niñas en la primera infancia, en cumplimiento de loscommonisos asumidos por el Estado en materia de salud pública y derechos humanos de las mujeres y personas con otras identitydes de género con capcidad de gestar, y de sus hijos e hijas, con el fin de reducir la mortalidad, la mal nutrición y la desnutrición, proteger y Estimular los vínculos tempranosís, el desar y emocional y la salud de manera integral, y previr la violencia.

  • 2019
    Cuba

    Constitución de la República de Cuba

    Establece que el Estado propicia el desarrollo integral de las mujeres y su plena participación social y asegura el ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos (artículo 43).

  • 2019
    Colombia

    Ley 1.953

    La presente ley tiene como objeto establecer los lineamientos para el desarrollo de la política pública de prevención de la infertilidad y su tratamiento dentro de los parámetros de salud reproductiva.

  • 2017
    El Salvador

    Estrategia Nacional Intersectorial de Prevención del Embarazo en Niñas y en Adolescentes 2017-2027

    La Estrategia Nacional Intersectorial de Prevención del Embarazo en Niñas y en Adolescentes 2017-2027 es un instrumento de gestión que pretende dar
    respuesta a este fenómeno. Solo en 2016, el número de inscripciones de niñas y adolescentes embarazadas alcanzó los 21,407 casos y en los últimos cinco años
    121,456 han visto truncado su proyecto de vida por causa de la maternidad. 

  • 2017
    Ecuador

    Plan Nacional de Salud Sexual y Reproductiva 2017 - 2021

    El Plan Nacional de Salud Sexual y Salud Reproductiva 2017 – 2021 articula los esfuerzos de todos los subsistemas del Sistema Nacional de Salud (SNS), para la planificación y asignación de recursos que permita brindar una atención de calidad desde el marco de los Derechos Humanos. Los lineamientos estratégicos del antes citado Plan parten de una profunda reflexión de las condiciones y necesidades específicas de la población ecuatoriana, del marco legal y de los acuerdos internacionales,
    garantizando la igualdad de derechos y oportunidades para mujeres y hombres diversos por su edad, su sexo, su género, su orientación sexual, su situación socio-económica, su procedencia geográfica, respondiendo de esta manera a la responsabilidad de lograr salud y vida digna para todas y todos.

  • 2017
    El Salvador

    Ley de Prevención y Control de la infección provocada por el virus de Inmunodeficiencia Humana

    La presente ley tiene por objeto velar tanto en el sector público como privado, por la salud de los habitantes de la República, en la prevención, promoción, protección, atención integral y el control de la infección causada por el virus de inmunodeficiencia humana, que en adelante se denominará VIH, mediante la implementación de estrategias de coordinación interinstitucional, con énfasis en los ámbitos educativo, laboral, penitenciario, salud e investigación; respetando los derechos humanos de la población.

  • 2016
    Uruguay

    Estrategia intersectorial y nacional de prevención del embarazo no intencional en adolescentes 2016-2020

    Esta Estrategia forma parte del Plan Nacional de Primera Infancia, Infancia y Adolescencia 2016 - 2020 y de los Objetivos Sanitarios Nacionales 2020. Su diseño e implementación se basan en el reconocimiento que el embarazo no intencional en adolescentes en Uruguay es una expresión y consecuencia de desigualdad y segmentación social. Es parte de una cadena de determinantes asociados a la exclusión y la vulnerabilidad social y de género. En todos los diagnósticos que incorporan perspectiva de género y juventudes, puede visualizarse cómo la desvinculación educativa, el desigual acceso al mercado de trabajo, la emancipación de los hogares a edades tempranas, el entorno social en general, entre otras condicionantes, afectan particularmente las capacidades de elección de las mujeres adolescentes y jóvenes sobre sus proyectos de vida.

  • 2016
    Honduras

    Política Nacional de Salud Sexual y Reproductiva, aprobada mediante Resolución No. DGN PA 01-2015 del 17 agosto del 2016

    Esta Política Nacional de Salud Sexual y Reproductiva, considera a los derechos sexuales y reproductivos como derechos humanos. Implica obligaciones para el Estado hondureño dirigidas a respetar, proteger y cumplir tales derechos. Las dos primeras obligaciones, se objetivan en el papel del Estado y sus funcionarios, en no interferir, no discriminar y no ejercer coerción a las/os titulares de derechos. La obligación de cumplir, se relaciona con la creación y mantenimiento de políticas públicas, servicios y suministros en el campo de la SSR, conocidas como obligaciones positivas

    El diseño y la implementación de la política responde a los lineamientos de la Ley Marco de Protección Social.

  • 2016
    Costa Rica

    Ley 9.379

    La presente ley dispone que la persona garante para la igualdad jurídica tendrá, para con la persona con discapacidad intelectual, mental y psicosocial la obligación de garantizar que la persona con discapacidad tenga acceso a información completa y accesible para que decida sobre sus derechos sexuales y reproductivos, en igualdad de condiciones con los demás. La esterilización será una práctica excepcional que se aplicará a solicitud de la misma persona con discapacidad o cuando sea necesaria e imprescindible para la preservación de su vida o integridad física (artículo 11 letra d).

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