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Leis

Leis de aborto

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  • 2012
    Porto Rico

    Ley 146, Código Penal

    Mantiene las penas establecidas en el Código Penal del año 2004, que a su vez mantenía las del Código Penal del año 1974, para quien realice abortos que no tengan indicación terapéutica hecha por un médico.

  • 2012
    Argentina

    Resolución 974 MS Aprobando Guía de Procedimientos

    Establece la aprobación de la Guía de Procedimiento para la Atención de Pacientes que soliciten Prácticas de Aborto no Punibles.

  • 2012
    Brasil

    ADPF 54/DF

    Admite la inconstitucionalidad de la interpretación según la cual la interrupción del embarazo de feto anencefálico sea conducta tipificada en los artículos 124, 126 e 128, incisos I y II, del Código Penal.
    Respalda el aborto legal de fetos comprobadamente anencefálicos.

  • 2011
    Colômbia

    Sentencia T-841

    Establece que el riesgo para la salud mental de la mujer es razón suficiente para llevar a cabo una interrupción voluntaria del embarazo (IVE). Se reitera un plazo de 5 días para que las Entidades Promotoras de la Salud (EPS) atiendan las solicitudes de IVE y lleven a cabo los procedimientos en los casos en los que se encuentra permitido.

  • 2011
    Colômbia

    Sentencia T-636/2011

    Establece la responsabilidad de la Entidades Promotoras de la Salud (EPS) para evaluar si la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) es procedente en cada caso concreto bajo criterios científicos y con observancia de la jurisprudencia.

  • 2010
    Colômbia

    Sentencia T-585

    Establece que los derechos sexuales y reproductivos, incluida la interrupción voluntaria del embarazo (IVE), son parte de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución de 1991.

  • 2010
    Espanha

    Ley Orgánica 2 de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo

    Esta ley garantiza los derechos fundamentales en el ámbito de la salud sexual y reproductiva establecidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS), regula las condiciones de la interrupción voluntaria del embarazo y establece las correspondientes obligaciones de los poderes públicos.
    En su su Título II, artículos 13 y 14, se concreta la despenalización de la práctica del aborto inducido durante las primeras 14 semanas del embarazo . Durante este tiempo, la mujer podrá tomar una decisión libre e informada sobre la interrupción de su embarazo. No habrá intervención de terceros en la decisión.
    En su artículo 15 señala que el plazo de posibilidad de interrupción voluntaria del embarazo aumenta hasta la semana 22 en casos de "graves riesgos para la vida o la salud de la madre o el feto". A partir de la vigésima segunda semana, solo podrá interrumpirse el embarazo en dos circunstancias: que "se detecten anomalías en el feto incompatibles con la vida" o que "se detecte en el feto una enfermedad extremadamente grave e incurable en el momento del diagnóstico y así lo confirme un comité clínico".

  • 2009
    Colômbia

    Auto 279

    Establece el cumplimiento de la Sentencia T-209 de 2008.

  • 2009
    Colômbia

    Sentencia T-388

    Esta sentencia reitera que la causal salud no está referida únicamente a la salud física, certificada por un médico, sino también a la afectación de la salud mental certificada por un profesional de la psicología. Además, ordena la implementación de procesos masivos de educación sobre Salud Sexual y Derechos Reproductivos.

  • 2009
    México

    Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005

    En caso de embarazo por violación, y previa autorización de la autoridad competente, en los términos de la legislación aplicable, las instituciones públicas prestadoras de servicios de atención médica, deberán prestar servicios de aborto médico a solicitud de la víctima interesada, en caso de ser menor de edad, a solicitud de su padre y/o su madre, o a falta de éstos, de su tutor o conforme a las disposiciones jurídicas aplicables. 
     

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