Esta Ley tiene por objeto garantizar el derecho al cuidado, al pleno bienestar y al desarrollo de la autonomía de las personas, así como los derechos de las personas que cuidan de forma remunerada y no remunerada. Los objetivos que orientan este Sistema buscan promover un modelo corresponsable dentro de las familias y entre actores de la sociedad del cuidado en equidad e igualdad de responsabilidades, sin discriminación por razón de raza, nacimiento, discapacidad, clase social, sexo, religión o ideas políticas, prestando servicios de cuidados que optimizan el uso de recursos y capacidades públicas, articulando y coordinando la prestación de servicios nuevos y existentes, públicos y privados. El Sistema también tiene los siguientes propósitos: Establecer estándares de calidad para todos los servicios de cuidados que se prestan en el país, promoviendo la universalización de la calidad en todo el territorio nacional y la regulación de todos los aspectos relativos a su provisión; Promover la profesionalización de las tareas de cuidados mediante una estrategia de formación y capacitación de las personas que realizan trabajo remunerado y no remunerado en cuidados; Impulsar el Sistema Nacional de Cuidados en todo el territorio nacional contemplando necesidades específicas de servicios, subsidios y prestaciones, a partir de acuerdos con los otros niveles de gobierno.
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Panama
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