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Regulations

Violence laws

Country

The Gender Equality Observatory for Latin America and the Caribbean's repository of violence laws currently contains more than 380 legal instruments, classified by country, from 38 countries in Latin America and the Caribbean, as well as relevant legislation from Spain and Portugal.

Its content ranges from laws on domestic or intra-family violence, known as first-generation laws; the most recent regulations on integral protection against gender-based violence against women with their recent modifications and reforms-, which currently exist in 13 Latin American countries; the laws that criminalize the crime of femicide in 17 Latin American countries; In addition to regulations on sexual offenses; on harassment in the workplace; specific laws on street harassment and on the dissemination of intimate images by electronic media; also the law against harassment and political violence against women in the Plurinational State of Bolivia, and the law that punishes harassment against women in political life in Peru, the only specific laws in the region.

Also included are laws that criminalize and punish human trafficking and smuggling, regulatory norms of laws on violence against women; those that determine the creation of specialized bodies in different areas of the State; those that establish specific procedural norms for issues of violence on criminal procedure abbreviations, specialized courts, and the inadmissibility of alternative sentences; those that define the implementation of registration systems for cases of violence and those that refer to protection measures for victims, among others.

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  • 2014
    Venezuela

    Ley de Reforma de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

    La presente ley, entre otras disposiciones, modifica el artículo 15 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia acrecentando el femicidio como una de las formas de violencia de género en contra de las mujeres.
    La normativa entiende el femicidio como  una "  forma extrema de violencia de género, causada por odio o desprecio a su condición de mujer, que degenera en su muerte, producidas tanto en el ámbito público como privado". 

  • 2007
    Venezuela

    Ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia

    Garantiza y promueve el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, crea condiciones para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos e impulsa cambios en los patrones socioculturales que sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres para favorecer la construcción de una sociedad democrática, participativa, paritaria y protagónica. Tipifica el homicidio agravado de mujeres.

  • 2005
    Venezuela

    Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo

    Art. 56º: “Son deberes de los empleadores y empleadoras, adoptar las medidas necesarias para garantizar a los trabajadores y trabajadoras condiciones de salud, higiene, seguridad y bienestar en el trabajo, así como programas de recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social e infraestructura para su desarrollo en los términos previstos en la presente Ley y en los tratados internacionales sustentos por la República, en las disposiciones legales y reglamentarias que se establecieren, así como en los contratos individuales de trabajo y en las convenciones colectivas. A tales efectos deberán:

    [...] 5. Abstenerse de realizar, por si o por sus representantes, toda conducta ofensiva, maliciosa, intimidatoria y de cualquier acto que perjudique psicológica o moralmente a los trabajadores y trabajadoras, prevenir toda situación de acoso por medio de la degradación de las condiciones y ambiente de trabajo, violencia risica o psicológica, aislamiento o por no proveer una ocupación razonable al trabajador o la trabajadora de acuerdo a sus capacidades y antecedentes y evitar la aplicación de sanciones no claramente justificadas o desproporcionadas y una sistemática e injustificada critica contra el trabajador o la trabajadora, o su labor.

    [...] 8. Tomar las medidas adecuadas para evitar cualquier forma de acoso sexual y establecer una política destinada a erradicar el mismo de los lugares de trabajo”.

  • 1998
    Venezuela

    Ley sobre la violencia contra la mujer y la familia

    Esta ley tiene por objeto prevenir, controlar, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y la familia, así como asistir a las víctimas de los hechos de violencia previstos en ella.