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Regulations

Regulations on international migration

El repositorio de normativas sobre género y migración internacional surge de reciente alianza celebrada a principios del 2017 entre la CEPAL, desde el  Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe, y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM),  Oficina de Chile. La iniciativa se enmarca en un contexto de la creciente feminización de los flujos migratorios en América Latina. 

El repositorio hace una apuesta para visibilizar a los instrumentos legales nacionales que contemplan a las mujeres migrantes como sujetos de derechos, y responde al reconocimiento hecho por diversos estudios, de que las migrantes son sujetos que sufren de manera más aguda la desigualdad , lo que refuerza la necesidad de marcos normativos específicos de protección y garantía de sus derechos.

La inclusión de las normativas nacionales en este repositorio se basa en la presencia en dichos textos de al menos alguno de los siguientes criterios: i) alusión explícita a mujeres, adolescentes o niñas migrantes; ii) prohibición de todas las formas de discriminación basadas en el género y en la condición migratoria y; iii) insistencia sobre la necesidad de respetar las especificidades de género y de condición migratoria.

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  • 2016
    Puerto Rico

    Ley 206/2016, para crear la "Carta de Derechos de Empleados y Empleadas en el Servicio Doméstico" y para otros fines relacionados

    La Ley extiende a los empleados y empleadas domésticas las normas generales sobre jornada de trabajo y horas extras, el derecho a vacaciones y a licencia por enfermedad, y permite a los empleados y empleadas domésticas presentar reclamaciones ante el Departamento de Trabajo y Recursos Humanos en caso de incumplimiento de las disposiciones legales. El preámbulo de la normativa se refiere al hecho de que, en Puerto Rico, la mayor parte de las personas que se dedican al trabajo doméstico son mujeres, y muchas de éstas son inmigrantes y el único sustento de su familia. Esta circunstancia hace que las personas que se dedican al servicio domestico  estén más propuestas a trabajar en ambientes hostiles y en condiciones de trabajo injustas. Alude también a la discriminación que sufren los empleados domésticos por razón de género, clase, raza, nacionalidad y estatus migratorio, la cual empeora en el caso de los inmigrantes sin estatus migratorio oficial, quienes temen reclamar contra abusos extremos, así como la privación de alimentos y de libertad, por miedo a perder sus trabajos o a ser deportados. 

  • 2015
    Puerto Rico

    Ley 205/2015, para añadir un subinciso (d) al inciso (10) del Artículo 3 de la Ley n°195 de 2012, "La Carta de Derechos del Estudiante"

    La ley n°205/2015 modifica la ley n°195 de 2012 "La Carta de Derechos del Estudiante"   a los fines de asegurar que todo estudiante que habite en Puerto Rico tenga derecho y acceso a educación pública gratuita y segura. El nuevo subinciso (d) al inciso (10) del artículo 3 de la ley dispone que "A todo estudiante que habite en Puerto Rico, independientemente de su raza, color, sexo, edad, religión, nacimiento, origen o identificación étnica o nacionalidad, ideología política, incapacidad física o mental presente o futura, condición socioeconómica, orientación sexual e identidad de género y estatus migratorio, se le reconocerá y garantizará el derecho a recibir iguales oportunidades para ingresar al sistema de educación pública", lo que garantiza el derecho a la educación de las mujeres migrantes.

  • 2014
    Puerto Rico

    Ley 109/2014, para enmendar la Ley 43 de 1932, "Ley del Colegio de Abogados"

    La Ley enmienda el artículo 13 de la ley n°43 de 1932 sobre las obligaciones y los deberes del Colegio, mediante la inclusión del principio de no discriminación. La versión actualizada de la ley dispone que el Colegio de Abogados "no discriminará en forma directa o indirecta, por motivo de religión, ideas políticas, género, identidad de género, nacimiento, origen social y nacional, estatus migratorio, orientación sexual, capacidades físicas y sensoriales, veteranos, estatus civil o cualquier otra clasificación que implique negación de derechos civiles, constitucionales o humanos".

  • 2013
    Puerto Rico

    Ley 23/2013, para enmendar la Ley 54 de 1989, "Ley de prevención y intervención con la Violencia Doméstica"

    Esta ley enmienda la ley n°54 de 1989 a fin de brindar la protección que ésta ofrece a todas las personas sin importar estado civil, orientación sexual, identidad de género o estatus migratorio, ya que « la violencia doméstica lacera la integridad y dignidad de toda víctima independientemente del sexo, estado civil, orientación sexual, identidad de género o estatus migratorio de cualquiera de las personas involucradas en la relación », siguiendo el modelo del Estados Unidos que hizo lo mismo con el «Violence Against Women Act » (preámbulo).

  • 2012
    Puerto Rico

    Ley 157, para enmendar el inciso (b) del Artículo 2, enmendar el Artículo 81, de la Ley Núm. 205 de 2004, a los fines de aclarar la forma en que se crearán los cargos de procuradores de familia y de menores

    Esta ley enmienda el artículo 7 de la Ley 183-1998 « Ley de Compensación y Servicios a las Víctimas y Testigos de Delito », que trata de los impedimentos para ofrecer compensación. Con este nuevo artículo, cuando la víctima es una migrante irregular y que ha solicitado protección bajo el “Violence Against Women Act” por caso de violencia doméstica o agresión sexual, sus dependientes o familiares menores de edad recibirán los beneficios de compensación que provee la Ley, o podrá recibirlos ella en los casos donde coopere con las autoridades y sea elegible para recibir una visa U.