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Regulations
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2008Uruguay
Ley Nacional 18.395, Beneficios Jubilatorios, flexibilización de las condiciones de acceso
Modifica la Ley Nacional Nº 18.395. Instaura Beneficios Jubilatorios referidos a la flexibilización de las condiciones de acceso. En el artículo 14°, se determina que a los efectos del cómputo de años de servicio, las mujeres tendrán derecho a computar un año adicional de servicios por cada hijo nacido vivo, adoptado o discapacitado, con un máximo total de 5 años.
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2008Uruguay
Ley Nacional 18.246, Unión Concubinaria, regulación
Modifica la Ley Nacional Nº 16.871. Define y regula los efectos de la unión concubinaria. En el artículo 15 (sustituye el artículo 26 de la Ley Nacional Nº 16.713), establece beneficio para viudas y concubinas que no superen la suma de 15000 pesos uruguayos mensuales. El beneficio se prolonga (si tuvieran más de 40 años al fallecimiento del causante) durante toda la vida.
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2006Uruguay
Ley Nacional 18.065, Trabajo doméstico, normas para su regulación
Establece normas de regulación del trabajo doméstico. En el artículo 14° (Aplicabilidad del derecho del trabajo y seguridad social), se establece que serán aplicables a las y los trabajadores del servicio doméstico todas las normas del derecho del trabajo y de la seguridad social, con las especialidades que surgen de la presente ley.
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1995Uruguay
Ley Nacional 16.713, Crea el sistema previsional
Crea el sistema previsional que se basa en el principio de Universalidad y comprende las actividades del Banco de Previsión social. En el artículo 67°, respecto de la jubilación común, se establece que desde el año 2003 para hombres y mujeres, la edad de jubilación serán 60 años.