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Regulations

Sexual and reproductive health laws

Repositorio en construcción.

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  • 2017
    Ecuador

    Plan Nacional de Salud Sexual y Reproductiva 2017 - 2021

    El Plan Nacional de Salud Sexual y Salud Reproductiva 2017 – 2021 articula los esfuerzos de todos los subsistemas del Sistema Nacional de Salud (SNS), para la planificación y asignación de recursos que permita brindar una atención de calidad desde el marco de los Derechos Humanos. Los lineamientos estratégicos del antes citado Plan parten de una profunda reflexión de las condiciones y necesidades específicas de la población ecuatoriana, del marco legal y de los acuerdos internacionales,
    garantizando la igualdad de derechos y oportunidades para mujeres y hombres diversos por su edad, su sexo, su género, su orientación sexual, su situación socio-económica, su procedencia geográfica, respondiendo de esta manera a la responsabilidad de lograr salud y vida digna para todas y todos.

  • 2012
    Ecuador

    Reglamento para regular el acceso y la disponibilidad de métodos anticonceptivos en el Sistema Nacional de Salud

    El presente reglamento tiene como objeto poner a disposición de mujeres y hombres del territorio nacional, servicios para atención itegral de calidad así como toda la información que sea requerida sobre planificación familiar, anticoncepción, prevención de Infecciones de Transmisión Sexual (ITS), incluido el VIH/SIDA, anticoncepción oral de emergencia (AOE), salud sexual y reproductiva y prevención de embarazos en la adolescencia o no planificados.

  • 2011
    Ecuador

    Ley Orgánica de Educación Intercultural

    Establece como obligación adicional del Estado garantizar una educación integral que incluya la educación en sexualidad, humanística, científica como legítimo derecho al buen vivir (art. 6 letra w)

  • 2008
    Ecuador

    Constitución de la República del Ecuador

    El artículo 32 de la Constitución dispone que el Estado garantizará el derecho a la salud mediante políticas económicas, sociales, culturales, educativas y ambientales; y el acceso permanente, oportuno y sin exclusión a programas, acciones y servicios de promoción y atención integral de salud, salud sexual y salud reproductiva. El artículo 363 nº 6 establece que es responsabilidad del Estado, asegurar acciones y servicios de salud sexual y de salud reproductiva, y garantizar la salud integral y la vida de las mujeres, en especial durante el embarazo, parto y postparto. De igual manera, el artículo art. 347 nº 4 establece la responsabilidad del Estado de asegurar que todas las entidades educativas impartan una educación en ciudadanía, sexualidad y ambiente, desde el enfoque de derechos.

  • 2006
    Ecuador

    Ley 67, Ley orgánica de salud

    Ley orgánica de salud que establece los términos generales en los que se debe garantizar la salud sexual y reproductiva en Ecuador. 

    El artículo 6 establece como responsabilidad del Ministerio de Salud Pública la formulación e implementación de “políticas, programas y acciones de promoción, prevención y atención integral de salud sexual y salud reproductiva de acuerdo al ciclo de vida que permitan la vigencia, respeto y goce de los derechos, tanto sexuales como reproductivos”.
    Asimismo, el capítulo III de la normativa se refiere específicamente a la salud sexual y la salud reproductiva. El artículo 20, el primer de este capítulo, establece que “las políticas y programas de salud sexual y salud reproductiva garantizarán el acceso de hombres y mujeres, incluidos adolescentes, a acciones y servicios de salud que aseguren la equidad de género, con enfoque pluricultural, y contribuirán a erradicar conductas de riesgo, violencia, estigmatización y explotación de la sexualidad”.
     

  • 2003
    Ecuador

    Código de la Niñez y la Adolescencia

    Regula en el Capítulo II sobre derechos de supervivencia: la protección prenatal (art. 23), el derecho a la lactancia materna (art. 24), y atención al embarazo y al parto (art. 25). Asimismo, prohibe a los establecimientos educativos la aplicación de las medidas discriminatorias por causa de embarazo o maternidad de una adolescente (art. 41 nº 4).

  • 2002
    Ecuador

    Reglamento de la Ley para la Prevención y Asistencia Integral de VIH/Sida

    El reglamento tiene como objetivos específicos: promover la atención especializada a personas que viven con VIH/SIDA, personas viviendo con el VIH (PVVIH) y sus familiares a través de servicios especializados; estandarizar la atención de las personas con VIH/SIDA; impulsar la disminución vertical (Madre - Niño) en el país; y precautelar el derecho de las personas viviendo con VIH para acceder a los servicios de salud. 

  • 2000
    Ecuador

    Ley para la Prevención y Asistencia Integral de VIH/Sida

    Declara de interés nacional la lucha contra el Síndrome de Inmuno Deficiencia Adquirida (SIDA) para lo cual el Estado fortalecerá la prevención de la enfermedad; garantizará una adecuada vigilancia epidemiológica; y, facilitará el tratamiento a las personas afectadas por el VIH: asegurará el diagnóstico en bancos de sangre y laboratorios, precautelará los derechos, el respeto, la no-marginación y la confidencialidad de los datos de las personas afectadas con el virus de Inmuno Deficiencia Adquirida (VIH).