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Regulations

Care related policies and laws

This database comprises the existing care legislation contained in the constitutional charters and other legislative instruments at the national and sub-national level of the countries of Latin America and the Caribbean. Public care policies are designed to guarantee the daily physical and emotional well-being of  people with some level of dependence. They are meant to structure the social organization of care work and establish the right to be cared for accordingly.

The laws compiled in this database refer to: maternity leave for caring and breastfeeding, paternal and parental leave for caring for dependents of different age groups; facilitating the access and establishing extra-home care services; anti-discriminatory employment laws for mothers and fathers; social security in the event of maternity as well as access to preventive and curative medical childcare; legislation on promoting responsible motherhood and fatherhood; legislation on shared responsibility for families and the community; implementation of mechanisms and the provision of care regarding the social integration of persons with disabilities; monetary transfers to caregivers, and constitutional rights for unpaid care providers.

This digital repository of care laws of the Gender Equality Observatory for Latin America and the Caribbean contains information on more than two hundred legislative bodies from 36 countries in the region.

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  • 2014
    Peru

    Decreto Supremo N°002–2014–MIMP

    Decreto supremo que aprueba el reglamento de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, realiza precisiones en torno al cuidado a personas en situación de discapacidad. La Rehabilitación Basada en la Comunidad, como estrategia que involucra a las personas con discapacidad, sus familias, las organizaciones, comunidades y los servicios relevantes gubernamentales y no gubernamentales en salud, educación, servicios vocacionales, sociales y otros servicios. (Artículo 3.26) Las personas con discapacidad y sus familias tienen derecho a acceder a programas de capacitación y apoyo social. Se brinda especial atención, a las mujeres con discapacidad, con relación a la maternidad y el embarazo; así como a la protección de la niñez con discapacidad frente a la explotación, los malos tratos y la falta de cuidados, entre otros aspectos. Asimismo, se establece que los Gobiernos Regionales y Locales deben implementar cunas, guarderías centros de cuidado con enfoque inclusivo, con el objetivo que la persona con discapacidad sea atendida y sus familiares puedan realizar actividades laborales y educativas que contribuyan a su bienestar y calidad de vida. (artículo 6°) Implementar de manera progresiva mecanismos de atención basada en la comunidad a fin de que los servicios y programas sociales se brinden en el domicilio de la persona con discapacidad, de acuerdo con sus requerimientos, promoviendo la inclusión social de la persona con discapacidad y su familia en la comunidad. (artículo 9°) Acceso oportuno a los medicamentos de calidad, tecnologías de apoyo, dispositivos y ayudas compensatorias para su atención, habilitación y rehabilitación, considerando la condición socioeconómica, geográfica y cultural de la persona con discapacidad (artículo 32°).

  • 2014
    Peru

    Decreto Supremo N°056-2014-PCM

    Aprueba el Reglamento de la Ley N°29700, Ley que Incluye el trabajo no remunerado en las cuentas nacionales, establece en su artículo 7° que, para la valoración del trabajo doméstico no remunerado o de la producción de servicios que realizan los hogares para su propio uso y que no forman parte de la frontera de posibilidades de producción, se utiliza el criterio del tercero o asignación del valor de mercado al tiempo de trabajo dedicado a las actividades domésticas que realizan las mujeres y hombres del hogar, conforme lo establece el artículo 7°.

  • 2014
    Bolivia

    Decreto Supremo 1893

    Reglamenta la aplicación de los derechos de las personas con discapacidad señalados en la Ley Nº 223, General para Personas con Discapacidad,  estableciendo mecanismos y procedimientos para su implementación.

  • 2014
    Venezuela

    Resoluciones Nº 030 y 031/2019

    Se aprueban los siguientes protocolos: RESOLUCIÓN N° 030: Atención Cuidados Prenatales y Atención Obstétrica de Emergencia, a fin de manejar las patologías médicas y complicaciones propias del embarazo, parto y puerperio, más frecuentes que origina la morbilidad y mortalidad en la población de embarazadas. RESOLUCIÓN N° 031: Atención Integral en Salud a Niños y Niñas en el Periodo Neonatal, a fin de manejar las patologías médicas y complicaciones más frecuentes y propias del recién nacido.

  • 2013
    Argentina

    Ley 26.921

    Ley que aprueba el Convenio sobre el Trabajo Decente para las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos, adoptado por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, en Ginebra - Confederación Suiza.

  • 2013
    Costa Rica

    Ley 9169

    Ley que aprueba el Convenio sobre el Trabajo Decente para las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos de la Organización Internacional del Trabajo.

  • 2013
    El Salvador

    Decreto 404, Ley de Promoción, Protección y Apoyo a la Lactancia Materna

    Establece las medidas necesarias para promover, proteger y mantener la lactancia materna exclusiva, hasta los seis meses y lactancia prolongada hasta los dos años de edad. Dispone la creación la Comisión Nacional de Lactancia Materna, como un órgano asesor y de consulta adscrito al Ministerio de Salud.

  • 2013
    Dominican Republic

    Resolución No. 104-13

    Resolución que aprueba el Convenio No. 189, sobre el Trabajo Decente para las Trabajadoras y Trabajadores Domésticos, adoptado en Ginebra, por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo.

  • 2013
    El Salvador

    Decreto 337

    Todo empleado público, en caso de paternidad por nacimiento o adopción, tendrá derecho a una licencia de tres días hábiles, con goce de sueldo, que se concederá a su elección desde el día del nacimiento, de forma continua, o distribuirlos dentro de los primeros quince días desde la fecha del nacimiento. En el caso de padres adoptivos, el plazo se contará a partir de la fecha en que quede firme la sentencia de adopción respectiva.

  • 2013
    Colombia

    Decreto 721/2013

    Regula la afiliación de los trabajadores del servicio doméstico al sistema de compensación familiar.

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