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Regulations

Care related policies and laws

This database comprises the existing care legislation contained in the constitutional charters and other legislative instruments at the national and sub-national level of the countries of Latin America and the Caribbean. Public care policies are designed to guarantee the daily physical and emotional well-being of  people with some level of dependence. They are meant to structure the social organization of care work and establish the right to be cared for accordingly.

The laws compiled in this database refer to: maternity leave for caring and breastfeeding, paternal and parental leave for caring for dependents of different age groups; facilitating the access and establishing extra-home care services; anti-discriminatory employment laws for mothers and fathers; social security in the event of maternity as well as access to preventive and curative medical childcare; legislation on promoting responsible motherhood and fatherhood; legislation on shared responsibility for families and the community; implementation of mechanisms and the provision of care regarding the social integration of persons with disabilities; monetary transfers to caregivers, and constitutional rights for unpaid care providers.

This digital repository of care laws of the Gender Equality Observatory for Latin America and the Caribbean contains information on more than two hundred legislative bodies from 36 countries in the region.

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  • 2003
    Saint Lucia

    National Insurance Regulations

    Maternity allowance shall be paid for a period of three months starting with the month preceding the month of expected confinement. The rate of maternity benefits shall be sixty five percent of the average insurable earnings of the ten months immediately preceding the month before the month of expected confinement. Maternity grant is $600.

  • 2003
    Argentina

    Decreto 214

    Establece la licencia de maternidad y los descansos por lactancia para trabajadoras de la administración pública. Queda prohibido el trabajo del personal femenino durante los treinta   (30) días anteriores al parto y hasta setenta   (70) días corridos después del mismo. Toda trabajadora dispondrá de dos    (2) descansos de una  (1) hora en el transcurso de la jornada laboral, para la atención del hijo, por un período no superior a un  (1) año a partir de la fecha del nacimiento.

  • 2003
    Chile

    Ley 19.852

    Modifica la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, estableciendo un mecanismo de subrogación para las mujeres alcaldes en periodo pre y post natal.

  • 2002
    Costa Rica

    Ley Nº8312

    Modificación de los artículos 1, 4, 5 Y 12 de la Ley General de Protección a la Madre Adolescente nº 7735.

  • 2002
    Puerto Rico

    Ley 155

    Establece que en cada entidad pública se designará un área o espacio físico que garantice a la madre lactante privacidad, seguridad e higiene    (última enmienda introducida por Ley Núm. 65 de 24 de Agosto de 2005).

  • 2002
    El Salvador

    Decreto 717

    Ley de Atención Integral para la Persona Adulta Mayor. La presente Ley tiene por objetivo garantizar y asegurar una atención integral para la protección de las personas adultas mayores y contribuir al fortalecimiento e integración de la familia (art. 1). La familia tendrá la responsabilidad primaria de atención a las personas adultas mayores y el Estado estará obligado a brindar el apoyo a través de las instancias respectivas (art. 3). A falta de una familia para las personas adultas mayores, el Estado garantizará su atención a través de la institución correspondiente coordinada por la Secretaría Nacional de la Familia, con el apoyo de instituciones públicas, privadas e instituciones no gubernamentales, dedicadas para tal fin.

  • 2001
    Costa Rica

    Ley Nº8101

    Ley de Paternidad Responsable. En el artículo 6 sobre políticas públicas, se estipula que "En cumplimiento de las disposiciones legales contenidas en el Código de la Niñez y la Adolescencia, Ley Nº 7739, el Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia deberá formular y ejecutar políticas públicas y campañas relativas a la paternidad sensible y responsable, que promuevan la corresponsabilidad de mujeres y hombres en la crianza y educación de los hijos y las hijas, por lo cual deberán incluir estas acciones en los presupuestos, planes y programas, conforme a la política de protección integral de los derechos de las personas menores de edad."

  • 1999
    Uruguay

    Circular 2380

    Establece un régimen especial de control de asistencias y de apoyo para las estudiantes embarazadas y puérperas de los centros de educación media y superior dependientes de la Administración Nacional de Educación Pública.

  • 1997
    Costa Rica

    Ley Nº7735

    La Ley General de Protección a la Madre regula todas las políticas, las acciones y los programas preventivos y el apoyo, que ejecuten las instituciones gubernamentales, dirigidas a madres adolescentes. Crea el Consejo Interinstitucional de Atención a la Madre Adolescente, órgano de desconcentración máxima con personalidad jurídica instrumental y adscrito al Ministerio de Salud con determinados fines y obligaciones; y se determinan programas y asistencia específica en clínicas de la Caja Costarricense del Seguro Social y los Centros de Salud. Esta ley es posteriormente modificada en sus artículos 1, 4, 5 y 12 por la Ley 8312 en 2002.

  • 1996
    Trinidad and Tobago

    Counting Unremunerated Work Act

    An Act to require the Central Statistical Office and other public bodies to produce and maintain statistics relative to the counting of unremunerated work and to provide a mechanism for quantifying and recording the monetary value of such work.

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