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Leyes

Leyes de violencia

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El repositorio de leyes de violencia del Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe actualmente posee más de 380 cuerpos normativos, clasificados por país, de 38 países de América Latina y el Caribe, además de legislación de España y Portugal en la materia.

Su contenido abarca desde las leyes sobre violencia doméstica o intrafamiliar, conocidas como leyes de primera generación; las más recientes normativas de protección integral frente a la violencia por razón de género contra las mujeres (VGCM) -con sus recientes modificaciones y reformas-, que existen actualmente en 13 países latinoamericanos; las leyes que tipifican el delito de feminicidio en 17 países de América Latina; además de normativas sobre delitos sexuales; sobre acoso laboral; leyes especificas sobre el acoso callejero y sobre la difusión de imágenes íntimas por medios electrónicos; también la ley contra el acoso y violencia política hacia las mujeres del Estado Plurinacional de Bolivia, y la ley que sanciona el acoso contra las mujeres en la vida política de Perú, únicas de carácter específico en la región. 

También se recogen las leyes que tipifican y sancionan el tráfico y trata de personas, normas reglamentarias de leyes sobre la violencia contra las mujeres; las que determinan la creación de órganos especializados en diferentes ámbitos del Estado; las que establecen normas procedimentales específicas para temas de violencia sobre abreviación procesal penal, tribunales especializados, e improcedencia de penas sustitutivas; las que definen la implementación de sistemas de registro de los casos de violencia y las que se refieren a las medidas de protección de las víctimas, entre otros. 

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  • 2019
    Ecuador

    Ley Orgánica Reformatoria del Código Integral Penal

    Establece un nuevo procedimiento especializado a seguir para la sustanciación y juzgamiento de las causas por delito de femicidio (art. 93)

  • 2018
    Ecuador

    Decreto Ejecutivo 397 - Reglamento General de la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres

    El presente Reglamento General tiene por objeto establecer las normas de aplicación de la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres; así como definir los procedimientos para la prevención, atención, protección y reparación de las mujeres víctimas de violencia.

  • 2018
    Ecuador

    Ley orgánica integral para la prevención y erradicación de la violencia de género contra las mujeres

    La presente Ley tiene por objeto prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres, producida en el ámbito público y privado, durante su ciclo de vida y en toda su diversidad, en especial, cuando se encuentran en situaciones de vulnerabilidad. Para tal efecto, se establecen políticas integrales, mecanismos para el monitoreo, seguimiento y evaluación; y, medidas para la prevención, atención, protección y reparación integral de las víctimas, así como también, la reeducación de la persona agresora, con el fin de garantizar a los sujetos de protección de esta Ley, una vida libre de violencia, que asegure el ejercicio pleno de sus derechos. 

  • 2017
    Ecuador

    Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Servicio Público y al Código del Trabajo para prevenir el acoso laboral

    Consagra definición legal de acoso laboral como todo comportamiento atentatorio a la dignidad de la persona, ejercido de forma reiterada, y potencialmente lesivo, cometido en el lugar de trabajo o en cualquier momento en contra de una de las partes de la relación laboral o entre trabajadores, que tenga como resultado para la persona afectada su menoscabo, maltrato, humillación, o bien que amenace o perjudique su situación laboral.

  • 2014
    Ecuador

    Reforma al Código Orgánico Integral Penal

    El Artículo 141 tipifica el femicidio, describiéndolo en los siguientes términos: “la persona que, como resultado de relaciones de poder manifestadas en cualquier tipo de violencia, de muerte a una mujer por el hecho de serlo o por su condición de género, será sancionada con pena privativa de la libertad de veintidós a veintiséis años.”

  • 2010
    Ecuador

    Ley Orgánica del Servicio Público

    Establece prohibición especial para el desempeño en el sector público, la existencia de condenas por acoso sexual, explotación sexual, trata de personas, tráfico ilícito o violación (artículo 10).

  • 2008
    Ecuador

    Constitución de la República del Ecuador

    En el Artículo 66, inciso 3.b se reconoce y garantiza a las personas: Una vida libre de violencia en el ámbito público y privado. El Estado adoptará las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar toda forma de violencia, en especial la ejercida contra las mujeres, niñas, niños y adolescentes, personas adultas mayores, personas con discapacidad y contra toda persona en situación de desventaja o vulnerabilidad; idénticas medidas se tomarán contra la violencia, la esclavitud y la explotación sexual.

  • 2007
    Ecuador

    Decreto Ejecutivo 620, que tiene como objetivo la erradicación de la violencia de género hacia las niñas, niños, adolescentes y mujeres adultas

    Establece la obligación del Estado de garantizar el derecho a la integridad personal, de prohibir todo procedimiento inhumano, degradante o que implique violencia física, sicológica o sexual o coacción moral y de adoptar las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar la violencia contra los niños, niñas, adolescentes y mujeres adultas.

  • 2004
    Ecuador

    Decreto Ejecutivo 1982. Reglamento a la Ley contra la violencia a la mujer y a la familia

    Establece normas y procedimientos generales para proteger la integridad física y psíquica y la libertad sexual de la mujer y los miembros de la familia, previniendo y sancionando la violencia intrafamiliar y los demás atentados contra sus derechos y los de su familia.

  • 2004
    Ecuador

    Decreto Ejecutivo 1981

    Declara como Política Prioritaria del Estado el combate contra la trata de personas en todas sus manifestaciones. Crea la comisión para la elaboración del Plan Nacional sobre el tema.

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