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Leyes

Normativas sobre migración internacional

El repositorio de normativas sobre género y migración internacional surge de reciente alianza celebrada a principios del 2017 entre la CEPAL, desde el  Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe, y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM),  Oficina de Chile. La iniciativa se enmarca en un contexto de la creciente feminización de los flujos migratorios en América Latina. 

El repositorio hace una apuesta para visibilizar a los instrumentos legales nacionales que contemplan a las mujeres migrantes como sujetos de derechos, y responde al reconocimiento hecho por diversos estudios, de que las migrantes son sujetos que sufren de manera más aguda la desigualdad , lo que refuerza la necesidad de marcos normativos específicos de protección y garantía de sus derechos.

La inclusión de las normativas nacionales en este repositorio se basa en la presencia en dichos textos de al menos alguno de los siguientes criterios: i) alusión explícita a mujeres, adolescentes o niñas migrantes; ii) prohibición de todas las formas de discriminación basadas en el género y en la condición migratoria y; iii) insistencia sobre la necesidad de respetar las especificidades de género y de condición migratoria.

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  • 2021
    Chile

    Ley 21.325

    El objeto de la presente ley y sus reglamentos es regular el ingreso, la estadía, la residencia y el egreso de los extranjeros del país, y el ejercicio de derechos y deberes, sin perjuicio de aquellos contenidos en otras normas legales. 

    Asimismo, esta ley regula materias relacionadas con el derecho a la vinculación y el retorno de los chilenos residentes en el exterior, que se indican en el Título respectivo. 

    Estas disposiciones también serán aplicables a los refugiados y a los solicitantes de reconocimiento de dicha condición, así como a sus familias, en todas aquellas materias que la ley No 20.430 y su reglamento se remitan a las normas sobre extranjeros en Chile, sin perjuicio de las disposiciones contenidas en tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes. 

  • 2016
    Chile

    Decreto 47, que instituye la política nacional de seguridad y salud en el trabajo

    El Decreto aprueba los principios que rigen la política nacional de seguridad y salud en el trabajo de Chile. Entre otros, el principio de universalidad e inclusión debe garantizar que sean tomadas en cuenta las especificidades de los trabajadores y trabajadoras en situación de vulnerabilidad como los migrantes. Además se especifica que las acciones implementadas con tal objetivo deberán ser aplicadas "en forma equitativa, inclusiva, sin discriminación alguna, considerando las particularidades de género y de los pueblos originarios" (art.1). 

  • 2016
    Chile

    Decreto 5, que crea el Comité asesor ministerial sobre migraciones y asuntos internacionales

    El Comité tiene como objetivo proponer una agenda temática y proveer los insumos técnicos para la elaboración de planes, programas e iniciativas en materia de migraciones y asuntos internacionales. En el Considerando 6, se menciona la necesidad de "atender a las necesidades de las comunidades migrantes" ya que Chile ya "ha ido incorporando a su legislación interna y a sus prácticas normas que han ido incrementando la protección que le entrega a mujeres, niños, niñas y adolescentes, migrantes, pueblos indígenas y personas con discapacidad". 

  • 2015
    Chile

    Instrucción Presidencial 005

    La instrucción consagra los lineamientos e instrucciones para la Política Nacional Migratoria y subraya la necesidad que tiene el Gobierno chileno de adoptar un enfoque de género en la formulación y ejecución de las políticas públicas en materia migratoria, con el objetivo de asegurar la atención a las "necesidades especefícas de las mujeres y niñas migrantes", así como el goce de sus derechos en el territorio. 

  • 2009
    Chile

    Resolución Exenta 80.388 que aprueba el convenio de colaboración y acción conjunta entre el Ministerio del Interior y el Servicio Nacional de la Mujer

    Tras la aprobación de este convenio entre el Ministerio de Interior y el Servicio Nacional de la Mujer, se busca facilitar el acceso a las mujeres inmigrantes, solicitantes de asilo y refugiadas residentes en Chile a la red de protección para víctimas de violencia intrafamiliar dependiente del Servicio Nacional de la Mujer para las que hubiesen iniciado una acción ante los tribunales competentes por este motivo. 

  • 2003
    Chile

    Oficio circular 6.232

    Esta circular del Departamento de Extranjería y Migración busca "permitir el acceso a la red de atención primaria, a aquellas extranjeras que se encuentran en situación de irregularidad, y que se encuentran en estado de gravidez, con el objeto de que pueden inscribirse en los consultorios correspondientes a su domicilio, facilitando así el control y seguimiento de sus embarazos" (Preámbulo). Este beneficio también vale para "aquellas extranjeras, que habiendo tenido una residencia en el país, ésta se encuentre vencida". Para permitir el acceso a la red de salud y atención primaria, se les otorgará una visa de residencia temporaria.