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Leyes

Normativas sobre migración internacional

El repositorio de normativas sobre género y migración internacional surge de reciente alianza celebrada a principios del 2017 entre la CEPAL, desde el  Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe, y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM),  Oficina de Chile. La iniciativa se enmarca en un contexto de la creciente feminización de los flujos migratorios en América Latina. 

El repositorio hace una apuesta para visibilizar a los instrumentos legales nacionales que contemplan a las mujeres migrantes como sujetos de derechos, y responde al reconocimiento hecho por diversos estudios, de que las migrantes son sujetos que sufren de manera más aguda la desigualdad , lo que refuerza la necesidad de marcos normativos específicos de protección y garantía de sus derechos.

La inclusión de las normativas nacionales en este repositorio se basa en la presencia en dichos textos de al menos alguno de los siguientes criterios: i) alusión explícita a mujeres, adolescentes o niñas migrantes; ii) prohibición de todas las formas de discriminación basadas en el género y en la condición migratoria y; iii) insistencia sobre la necesidad de respetar las especificidades de género y de condición migratoria.

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  • 2018
    Uruguay

    Ley 19.643, que dicta normas para la prevención y combate de la trata de personas

    La presente normativa tiene por objeto la prevención, persecución y sanción de la trata y la explotación de personas, así como la atención, protección y reparación de las víctimas.

    Tiene la perspectiva de género entre sus principios rectores (artículo 3º, "D"),  establecendo que  "la ley y la reglamentación tendrán especialmente en cuenta las desigualdades de poder, los estereotipos discriminatorios y las formas de violencia en base al género, promoviéndose la autonomía y el empoderamiento de las mujeres, las niñas, las personas trans e intersexuales o con orientación sexual no hegemónica. En todo caso se reconocerá y respetará la expresión y la identidad de género de las personas víctimas de trata, sus familiares o testigos, aun cuando la misma no condiga con los datos emergentes de los documentos identificatorios".

    Identifica  los estereotipos de género que legitiman y sustentan la discriminación y violencia contra las mujeres como un factor  de vulnerabilidad a la trata y explotación  (artículo 17º).

    Asimismo, establece que el Instituto Nacional de las Mujeres será el organismo responsable de la articulación y la respuesta cuando las víctimas de este delito sean mujeres adultas (artículo 16º).

  • 2018
    Uruguay

    Ley 19.580, que dicta normas contra la violencia hacia las mujeres, basada en género

    La presente normativa establece, en su  artículo 43, que las mujeres migrantes víctimas de violencia basada en género en el país de origen o en el territorio nacional, estarán comprendidas en las disposiciones previstas en el artículo 162 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015.

    A  su vez, la referida norma faculta  al Poder Ejecutivo la prerrogativa de otorgar la residencia legal a personas extranjeras que permanezcan en el país en forma irregular y que se encuentren en especial situación de vulnerabilidad, acreditada ante el Ministerio de Desarrollo Social, siempre que se respete la prohibición establecida en el inciso segundo del artículo 37 de la Constitución de la República y que el interesado cumpla con la reglamentación que se dicte al efecto.

  • 2016
    Uruguay

    Resolución 576 de la Presidencia de la República, por la cual se homologa el "Documento Marco sobre Política Migratoria en Uruguay"

    La Resolución homologa el "Documento Marco sobre Política Migratoria en Uruguay",   aprobado por la Junta Nacional de Migración el 24 de agosto de 2016, cuyo texto forma parte integrante de la resolución. La normativa enuncia los principios generales que guían la política migratoria del país, entre los cuales la igualad de género y la protección integral a los grupos de migrantes vulnerables, que permiten atender especialmente a las dificultades que afectan diferencialmente a hombres y mujeres en sus procesos migratorios. La política promueve así específicamente la integración de las mujeres migrantes, la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, así como la protección de los derechos de las mujeres (laborales, maternidad, salud sexual y reproductiva, entre otros), y garantiza la protección a las mujeres retornadas y inmigrantes  (art.2, principios generales).

  • 2008
    Uruguay

    Ley 18.250, que trata sobre la migración y sus normas

    Con esta Ley, Uruguay reconoce como derecho inalienable de las personas migrantes y sus familiares sin perjuicio de su situación migratoria, el derecho a la migración, el derecho a la reunificación familiar, al debido proceso y acceso a la justicia, así como a la igualdad de derechos con los nacionales, "sin distinción alguna, por motivos de sexo, raza, color, idioma, religión o convicción, opinión política, origen nacional, étnico o social, nacionalidad, edad, situación económica, patrimonio, estado civil, nacimiento o cualquier otra condición"   (art.1).

  • 2007
    Uruguay

    Decreto 184, por el cual se aprueba el "Primer Plan Nacional de Igualdad de Oportunidad y Derechos. Políticas públicas hacia las mujeres 2007-2011"

    Este decreto aprueba el "Primer Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades y Derechos. Políticas públicas hacia las mujeres 2007-2011", elaborado por el Ministerio del Desarrollo Social a través del Instituto Nacional de las Mujeres, cuyo texto forma parte integrante del decreto. Dentro del eje relativo al desarrollo de medidas hacia personas en situación de discriminación agravada, la política preve el establecimiento de campañas de sensibilización y de concientización que promuevan la no discriminación hacia mujeres migrantes, y la creación de espacios de atención y de medidas de inclusión dirigidas a éstas. Dentro del eje relativo al desarrollo de medidas para la efectivización de los derechos de las mujeres en la integración internacional, la política promueve también la instauración de  instancias de coordinación de actividades para la igualdad, con las mujeres migrantes residentes en el país, integrándolas al proceso del Plan.