En su Artículo 61, estipula que las mujeres embarazadas descansarán desde 15 días antes hasta 45 después del alumbramiento, o hasta un tiempo mayor si como consecuencia sobrevinieron casos de enfermedad. Conservarán su derecho al empleo percibirán el 50 por ciento de sus salarios. Durante la lactancia tendrán pequeños períodos de descanso al día, no inferiores en total a una hora. Por otra parte señala que las empresas que ocupen más de 50 obreros, mantendrán salas cunas, conforme a los planes que se establezcan (art. 62)
- Leyes de cuidado Autonomía económica
Decreto Supremo de 24 de mayo de 1939, por el que se dicta la Ley General del Trabajo, elevado a ley el 8 de diciembre de 1942. Actualizado hasta 1992.
- Leyes de cuidado Autonomía económica
Ley General del Trabajo, elevado a ley el 8 de diciembre de 1942 (act. 1992)
En su Artículo 61, estipula que las mujeres embarazadas descansarán desde 15 días antes hasta 45 después del alumbramiento, o hasta un tiempo mayor si como consecuencia sobrevinieron casos de enfermedad. Conservarán su derecho al empleo y percibirán el 50% de sus salarios. Durante la lactancia tendrán pequeños períodos de descanso al día, no inferiores en total a una hora. Por otra parte, señala que las empresas que cuenten con más de 50 obreros deberán mantener salas cunas. (art. 62)
- Leyes de cuidado Economic Autonomy
Act 38 - Social Security Act 38/1975 (Last modification)
Defines the benefits available to eligible insured persons, including Maternity Benefit (art. 27b) and Maternity Grant. Specific rates and benefits are outlined in Regulations presented within Statutory Rules and Orders (S.R.O.) for the implementation of this Act. Current benefits can be found at the implementing Institution - The Social Security Board of Dominica - .
- Leyes de cuidado Economic Autonomy
Equal rights Act No. 19
An Act to make provision for the enforcement of the principles enshrined in article 29 of the Constitution so as to secure equality for women and for matters connected therewith.
- Leyes de cuidado Autonomía económica
Ley 7.142, de promoción de la igualdad social de la mujer.
Promueve y garantiza la igualdad de derechos entre hombres y mujeres en los campos político, económico, social y cultural. De manera específica, establece en el art. 9 que los padres laboralmente activos tendrán derecho a los servicios de apoyo de los centros infantiles. Los de escasos recursos económicos tendrán, además, el derecho a recibir un subsidio por parte del Estado. En el art.94 se prohíbe al empleador despedir a las mujeres en estado de embarazo y lactancia y en el art. 95 otorga el derecho de descanso de tres meses a la trabajadora que adopte un menor de edad para que ambos tengan un período de adaptación.
- Leyes de cuidado Autonomía económica
Ley 16.104 Modifican normas reglamentarias que regulan las licencias.
Establece que toda funcionaria pública embarazada tendrá derecho a una licencia de 13 semanas. Asimismo, indica se podrá adelantar el inicio de su licencia, hasta seis semanas antes de la fecha presunta del parto. Por otra parte, los funcionarios padres, tendrán derecho a una licencia por paternidad de tres días.
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Ley 7.853
Proporciona apoyo para las personas con discapacidad, su integración social a través del CORDE (Coordinación Nacional para la Integración de Personas con Discapacidad).
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Ley 69, por la cual se dictan disposiciones de protección a la madre adoptante empleada del sector público.
Señala que todas las previsiones y garantías establecidas para la madre biológica empleada en el sector público se hacen extensivas en los mismos términos y en cuanto fuere procedente, a la madre adoptante del menor de siete años, asimilando a la fecha del parto la entrega física del menor.
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Ley 69
Dicta disposiciones de protección a la madre adoptante empleada del sector público. Señala que todas las previsiones y garantías establecidas para la madre biológica empleada en el sector público se hacen extensivas en los mismos términos y en cuanto fuere procedente, a la madre adoptante del menor de siete años, asimilando a la fecha del parto la entrega física del menor.
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Constitución de la República Federativa del Brasil
Licencia de maternidad: el permiso de maternidad es de 120 días, sin pérdida del empleo o salario. El pago de la licencia se realiza por el Seguro Social (Cap. II, art.7. p. XVIII). Licencia de paternidad: el padre tiene derecho a cinco días de permiso tras el nacimiento del niño para ayudar la madre y a su hijo (Cap. II, art.7. p. XIX).