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Leyes

Leyes de violencia

El repositorio de leyes de violencia del Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe actualmente posee más de 380 cuerpos normativos, clasificados por país, de 38 países de América Latina y el Caribe, además de legislación de España y Portugal en la materia.

Su contenido abarca desde las leyes sobre violencia doméstica o intrafamiliar, conocidas como leyes de primera generación; las más recientes normativas de protección integral frente a la violencia por razón de género contra las mujeres (VGCM) -con sus recientes modificaciones y reformas-, que existen actualmente en 13 países latinoamericanos; las leyes que tipifican el delito de feminicidio en 17 países de América Latina; además de normativas sobre delitos sexuales; sobre acoso laboral; leyes especificas sobre el acoso callejero y sobre la difusión de imágenes íntimas por medios electrónicos; también la ley contra el acoso y violencia política hacia las mujeres del Estado Plurinacional de Bolivia, y la ley que sanciona el acoso contra las mujeres en la vida política de Perú, únicas de carácter específico en la región. 

También se recogen las leyes que tipifican y sancionan el tráfico y trata de personas, normas reglamentarias de leyes sobre la violencia contra las mujeres; las que determinan la creación de órganos especializados en diferentes ámbitos del Estado; las que establecen normas procedimentales específicas para temas de violencia sobre abreviación procesal penal, tribunales especializados, e improcedencia de penas sustitutivas; las que definen la implementación de sistemas de registro de los casos de violencia y las que se refieren a las medidas de protección de las víctimas, entre otros. 

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  • 2021
    Puerto Rico

    Orden Ejecutiva del Gobernador de Puerto Rico, Hon. Pedro R. Pierluisi, declarando un Estado de Emergencia ante el aumento de casos de violencia de género en Puerto Rico

    Orden Ejecutiva mediante la cual se declara Estado de Emergencia, ante el aumento de casos de violencia de género en Puerto Rico. Determina el mantenimiento como servicios prioritarios los programas de protección, prevención y orientación, así como protocolos de acceso a la vivienda, a servicios de salud, educación y trabajo, en aras de prevenir y erradicar la violencia de género. Asimismo, se ordena la creación del Comité de Prevención, Apoyo, Rescate y Educación de la Violencia de Género (Comité P.A.R.E), destinado a la recomendación de políticas para vigilar el cumplimiento de la presente orden.

    Por último, obliga a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) a identificar los fondos necesarios ordenados en la Ley nº 158-2020 (de identificación presupuestaria para dar cumplimiento a la política pública contra la violencia a las mujeres) para hacer cumplir la orden ejecutiva.

  • 2019
    Argentina

    Ley nº 27.499, "Ley Micaela", de capacitación obligatoria en género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado

    Establece la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación.

  • 2018
    Ecuador

    Ley orgánica integral para la prevención y erradicación de la violencia de género contra las mujeres

    La presente Ley tiene por objeto prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres, producida en el ámbito público y privado, durante su ciclo de vida y en toda su diversidad, en especial, cuando se encuentran en situaciones de vulnerabilidad. Para tal efecto, se establecen políticas integrales, mecanismos para el monitoreo, seguimiento y evaluación; y, medidas para la prevención, atención, protección y reparación integral de las víctimas, así como también, la reeducación de la persona agresora, con el fin de garantizar a los sujetos de protección de esta Ley, una vida libre de violencia, que asegure el ejercicio pleno de sus derechos. 

  • 2018
    Uruguay

    Ley 19.580, que dicta normas contra la violencia hacia las mujeres, basada en género

    Esta ley tiene como objeto garantizar el efectivo goce del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia basada en género. Comprende a mujeres de todas las edades, mujeres trans, de las diversas orientaciones sexuales, condición socioeconómica, pertenencia territorial, creencia, origen cultural y étnico-racial o situación de discapacidad, sin distinción ni discriminación alguna. Se establecen mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención, protección, sanción y reparación.

    La ley  entiende por violencia basada en género hacia las mujeres toda conducta, acción u omisión, en el ámbito público o el privado que,  sustentada en una relación desigual de poder en base al género, tenga como objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos o las libertades fundamentales de las mujeres.

    El artículo 6º determina que  se constituyen  como manifestaciones de violencia basada en género, no excluyentes entre sí ni de otras que pudieran no encontrarse explicitadas, la violencia física,   violencia psicológica o emocional,   violencia sexual,   violencia por prejuicio hacia la orientación sexual, identidad de género o expresión de género,   violencia económica,   violencia patrimonial, violencia simbólica,   violencia obstétrica,   violencia   laboral,   violencia en el ámbito educativo, el acoso sexual callejero, la violencia política, violencia mediática, violencia feminicida, violencia doméstica, violencia comunitaria, violencia institucional y violencia étnica racial.

  • 2007
    Ecuador

    Decreto Ejecutivo 620, que tiene como objetivo la erradicación de la violencia de género hacia las niñas, niños, adolescentes y mujeres adultas

    Establece la obligación del Estado de garantizar el derecho a la integridad personal, de prohibir todo procedimiento inhumano, degradante o que implique violencia física, sicológica o sexual o coacción moral y de adoptar las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar la violencia contra los niños, niñas, adolescentes y mujeres adultas.

  • 2004
    España

    Ley orgánica 121/000002 de medidas de protección integral contra la violencia de género

    La Ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia.
    La violencia de género a que se refiere la presente Ley comprende todo acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad.