Normativas
Esta sección contiene un repositorio de normativas actualizado, organizado según se refieren a normativas sobre cuidados, leyes sobre violencia por razón de género contra las mujeres y leyes sobre paridad y cuotas de género. Este amplio repositorio sirve de punto de referencia para hacer seguimiento del marco normativo y sus avances hacia la igualdad de género y la autonomía de las mujeres en la región.
Normativas
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| 3 Ago 1897 | Leyes contra la violencia por razón de género
The Marriage Act
Section 3(2) provides that any marriage solemnized between persons either of whom is under the age of sixteen years shall be void, and section 24 states that persons who have reached the age of eighteen years and widowers or widows may marry without the consent of others.
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| 3 Ago 1887 | Leyes contra la violencia por razón de género
Ley 57, Código Civil (Actualizado al 2020)
El artículo 117 establece que los menores de 18 años, podrán contraer matrimonio con permiso expreso, por escrito, de sus padres legítimos o naturales. El artículo 140 nº 2 consagra como causal de nulidad del matrimonio que cualquiera de los contrayentes, hombre o mujer, sea menor de 14 años.
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| | Normativas sobre Cuidado
Decreto Ley 56 (última modificación 2024)
Texto consolidado del Decreto Ley 56 de la maternidad de la trabajadora y la responsabilidad de las familias, incluyendo las modificaciones del DL 84/24 y DL 71/23. Establece regulaciones relativas a la maternidad de la trabajadora y la responsabilidad de las familias. En su artículo 1, asegura y facilita a la mujer trabajadora la atención médica durante el embarazo, el descanso pre y posnatal, la lactancia materna y, a ambos padres, el cuidado de las hijas y los hijos; regula las prestaciones monetarias, económica y social, desde las treinta y cuatro (34) semanas de embarazo o treinta y dos (32) si es múltiple, y hasta que el menor arribe a sus primeros quince (15) meses de vida; extiende el ejercicio del derecho a la protección establecida para el cuidado del menor a otras personas que trabajan, como consecuencia de la multiparentalidad, la filiación adoptiva, asistida y socioafectiva, según los tipos y fuentes de filiación previstos en el “Código de las Familias”.