Modifica el Decreto N° 975. Se reforma el artículo 56° estableciendo que en los casos en que el asegurado que ha cumplido 60 años de edad no acredite el período de calificación prescrito, pero ha cotizado al menos 250 semanas, tendrá derecho a una pensión de vejez reducida proporcional, de acuerdo a los parámetros establecidos.
You are here
Nicaragua
Indicador destacado
Mujeres electas en el parlamento nacional (En porcentajes)
Informes y estudios
No hay resultados.
Políticas de igualdad de género
No hay resultados.