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Leis

Regulamentos sobre migração internacional

O repositório com normativas sobre gênero e migração internacional surge de recente aliança celebrada a princípios de 2017 entre a CEPAL, a partir do seu Observatório de Igualdade de Gênero da América Latina e o Caribe, e a Organização Internacional para as Migrações (OIM), Escritório do Chile. A iniciativa se enquadra em um contexto de crescente feminização dos fluxos migratórios na América Latina.

O repositório aposta em visibilizar os instrumentos legais nacionais que contemplam as mulheres migrantes como sujeitos de direitos, e responde ao reconhecimento feito por diversos estudos de que as migrantes são sujeitas que sofrem de maneira mais aguda a desigualdade, o que reforça a necessidade de marcos normativos específicos de proteção e garantia de seus direitos.

A  inclusão das normativas nacionais neste repositório se baseia na presença, em tais textos, de ao menos alguns dos seguintes critérios: i) alusão explícita a mulheres, adolescentes ou meninas migrantes; ii) proibição de todas as formas de discriminação baseadas no gênero e na condição migratória; iii) insistência sobre a necessidade de respeitar as especificidades de gênero e condição migratória.

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  • 2021
    Chile

    Ley 21.325

    El objeto de la presente ley y sus reglamentos es regular el ingreso, la estadía, la residencia y el egreso de los extranjeros del país, y el ejercicio de derechos y deberes, sin perjuicio de aquellos contenidos en otras normas legales. 

    Asimismo, esta ley regula materias relacionadas con el derecho a la vinculación y el retorno de los chilenos residentes en el exterior, que se indican en el Título respectivo. 

    Estas disposiciones también serán aplicables a los refugiados y a los solicitantes de reconocimiento de dicha condición, así como a sus familias, en todas aquellas materias que la ley No 20.430 y su reglamento se remitan a las normas sobre extranjeros en Chile, sin perjuicio de las disposiciones contenidas en tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes. 

  • 2018
    Uruguai

    Ley 19.643, que dicta normas para la prevención y combate de la trata de personas

    La presente normativa tiene por objeto la prevención, persecución y sanción de la trata y la explotación de personas, así como la atención, protección y reparación de las víctimas.

    Tiene la perspectiva de género entre sus principios rectores (artículo 3º, "D"),  establecendo que  "la ley y la reglamentación tendrán especialmente en cuenta las desigualdades de poder, los estereotipos discriminatorios y las formas de violencia en base al género, promoviéndose la autonomía y el empoderamiento de las mujeres, las niñas, las personas trans e intersexuales o con orientación sexual no hegemónica. En todo caso se reconocerá y respetará la expresión y la identidad de género de las personas víctimas de trata, sus familiares o testigos, aun cuando la misma no condiga con los datos emergentes de los documentos identificatorios".

    Identifica  los estereotipos de género que legitiman y sustentan la discriminación y violencia contra las mujeres como un factor  de vulnerabilidad a la trata y explotación  (artículo 17º).

    Asimismo, establece que el Instituto Nacional de las Mujeres será el organismo responsable de la articulación y la respuesta cuando las víctimas de este delito sean mujeres adultas (artículo 16º).

  • 2018
    Uruguai

    Ley 19.580, que dicta normas contra la violencia hacia las mujeres, basada en género

    La presente normativa establece, en su  artículo 43, que las mujeres migrantes víctimas de violencia basada en género en el país de origen o en el territorio nacional, estarán comprendidas en las disposiciones previstas en el artículo 162 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de 2015.

    A  su vez, la referida norma faculta  al Poder Ejecutivo la prerrogativa de otorgar la residencia legal a personas extranjeras que permanezcan en el país en forma irregular y que se encuentren en especial situación de vulnerabilidad, acreditada ante el Ministerio de Desarrollo Social, siempre que se respete la prohibición establecida en el inciso segundo del artículo 37 de la Constitución de la República y que el interesado cumpla con la reglamentación que se dicte al efecto.

  • 2017
    Equador

    Código orgánico de las entidades de seguridad ciudadana y orden público

    El presente Código ecuatoriano regula el régimen administrativo-disciplinario del personal de las entidades de seguridad pública ciudadana y de orden público. Se define, en el artículo 289, que discriminar a una persona por razón de sexo o de condición migratoria (entre otras razones) es constitutivo de falta grave. Entonces, un servidor policial puede ser sancionado por haber discriminado a una persona por ser mujer migrante.

  • 2017
    Brasil

    Decreto de 12 de abril da Presidência da República, que concede indulto especial e comutação de penas às mulheres presas por ocasião do Dia das Mães

    Por ocasião do Dia das Mães, o decreto concede indulto especial e comutação de pena às mulheres nacionais e estrangeiras condenadas ou que respondem a crimes cometidos sem violência ou ameaça grave (arts. 1 e 2), o que inclui o tráfico de drogas e as mulheres estrangeiras que foram presas como "mulas". Em junho de 2014, o Brasil contava com 31.380 mulheres presas, dentre as quais 596 eram estrangeiras (fonte: Ministério da Justiça brasileiro). 

  • 2017
    Brasil

    Lei 13.431, que estabelece o sistema de garantia de direitos da criança e do adolescente vítima ou testemunha de violência

    A lei garante os direitos da criança e do adolescente vítima ou testemunha de violência e cria mecanismos para evitar a violência. O artigo 5 dispõe que a normativa tem como base as normas nacionais e internacionais de proteção dos direitos da criança e do adolescente, entre os quais o direito fundamental de ser protegido contra qualquer tipo de discriminação, sem distinção de sexo ou condição migratória, o que garante os direitos das meninas e adolescentes migrantes. 

  • 2017
    Peru

    Reglamento del Decreto Legislativo 1.350, Decreto Legislativo de Migraciones

    El Reglamento constituye el marco normativo que   permite la operacionalización de la Ley de Migraciones del Estado Peruano, estableciendo los requisitos administrativos relacionados con la aprobación de las calidades migratorias, la situación migratoria, la protección de los extranjeros en el territorio y con el conjunto de procedimientos administrativos migratorios. Establece medidas de protección de los derechos de los extranjeros, en particular para los que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad. En el artículo 227 que tipifica las situaciones de vulnerabilidad, se encuentran al grupo de las mujeres migrantes embarazadas que requieren atención especifica. 

  • 2017
    Peru

    Decreto Legislativo 1.323, que fortalece la lucha contra el feminicidio, la violencia familiar y la violencia de género

    El Decreto modifica, entre otros, el artículo 323 del Código Penal sobre discriminación e incitación a la discriminación y condena con pena privativa de libertad o prestación de servicios a la comunidad los actos de discriminación que sean basados en varios motivos, como en el sexo o la condición migratoria (art. 323). 

  • 2017
    Equador

    Ley orgánica de movilidad humana

    La ley de movilidad humana integra toda la normativa en materia de movilidad humana que existe en Ecuador desde 1970. En su artículo 2, titulado "principios", la ley actualiza conceptos como la ciudadanía universal, creada en la Constitución de 2008, y garantiza la igualdad de derechos entre extranjeros y ecuatorianos. Prohibe todas las formas de discriminación, entre las cuales las discriminaciones por la condición migratoria, el sexo y el género de las personas. 
    La Ley rige a la vez las personas ecuatorianas en el exterior y las personas extranjeras en el país. En el capitulo dirigido a los ecuatorianos en el exterior, el artículo 21 de la ley identifica a las mujeres embarazas y a las mujeres víctimas de violencia de género como vulnerables, lo que significa que ellas deban recibir una atención prioritaria por parte de las misiones diplomáticas y consulares de Ecuador en el exterior. 
    Además, la Ley contiene capítulos especiales que se dedican a los extranjeros en situación de refugio y de apatridia, y a las víctimas de la trata de personas o del tráfico ilícito de migrantes. En la sección relativa a la apatridia, el artículo 113 dispone que "se dará prioridad a la tramitación de las solicitudes presentadas por niñas, niños y adolescentes no acompañados o separados de su representante legal, víctimas de tortura, víctimas de abuso sexual o violencia por motivos de género".  En cuanto a la atención a las víctimas de trata de personas, el artículo 122 dispone que se dará por la autoridad competente "tomando en cuenta los enfoques de género, intergeneracional e intercultural y el principio de atención especializada".

  • 2016
    Porto Rico

    Ley 206/2016, para crear la "Carta de Derechos de Empleados y Empleadas en el Servicio Doméstico" y para otros fines relacionados

    La Ley extiende a los empleados y empleadas domésticas las normas generales sobre jornada de trabajo y horas extras, el derecho a vacaciones y a licencia por enfermedad, y permite a los empleados y empleadas domésticas presentar reclamaciones ante el Departamento de Trabajo y Recursos Humanos en caso de incumplimiento de las disposiciones legales. El preámbulo de la normativa se refiere al hecho de que, en Puerto Rico, la mayor parte de las personas que se dedican al trabajo doméstico son mujeres, y muchas de éstas son inmigrantes y el único sustento de su familia. Esta circunstancia hace que las personas que se dedican al servicio domestico  estén más propuestas a trabajar en ambientes hostiles y en condiciones de trabajo injustas. Alude también a la discriminación que sufren los empleados domésticos por razón de género, clase, raza, nacionalidad y estatus migratorio, la cual empeora en el caso de los inmigrantes sin estatus migratorio oficial, quienes temen reclamar contra abusos extremos, así como la privación de alimentos y de libertad, por miedo a perder sus trabajos o a ser deportados. 

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