Los trabajadores autónomos inscriptos o no en el sistema integrado previsional argentino (SIPA), y los sujetos adheridos al régimen simplificado para pequeños "contribuyentes (RS), en adelante monotributistas, que hayan cumplido a la fecha o cumplan la edad jubilatoria prevista en el artículo 19 de la ley 24.241 dentro del plazo de dos (2) años desde la vigencia de la presente, podrán regularizar sus deudas previsionales conforme el régimen especial establecido en la presente ley.