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Leis de violência

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The Gender Equality Observatory for Latin America and the Caribbean's repository of violence laws currently contains more than 380 legal instruments, classified by country, from 38 countries in Latin America and the Caribbean, as well as relevant legislation from Spain and Portugal.

Its content ranges from laws on domestic or intra-family violence, known as first-generation laws; the most recent regulations on integral protection against gender-based violence against women with their recent modifications and reforms-, which currently exist in 13 Latin American countries; the laws that criminalize the crime of femicide in 17 Latin American countries; In addition to regulations on sexual offenses; on harassment in the workplace; specific laws on street harassment and on the dissemination of intimate images by electronic media; also the law against harassment and political violence against women in the Plurinational State of Bolivia, and the law that punishes harassment against women in political life in Peru, the only specific laws in the region.

Also included are laws that criminalize and punish human trafficking and smuggling, regulatory norms of laws on violence against women; those that determine the creation of specialized bodies in different areas of the State; those that establish specific procedural norms for issues of violence on criminal procedure abbreviations, specialized courts, and the inadmissibility of alternative sentences; those that define the implementation of registration systems for cases of violence and those that refer to protection measures for victims, among others.

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  • 2018
    Porto Rico

    Ley 117

    Crea un programa de Educación y Adiestramiento contra la violencia doméstica para trabajadores sociales, psicólogos y orientadores del Departamento de Educación adscrito a la Oficina de la Procuradora de las Mujeres.

  • 2018
    México

    Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

    Reglamenta las disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en lo relativo al Poder Ejecutivo Federal, y las bases de coordinación entre éste, las entidades federativas y los municipios, necesarias para su ejecución. 

  • 2018
    México

    Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres

    Establece medidas de distribución de competencias y coordinación interinstitucional para la eliminación de la violencia contra las mujeres, entre otros objetivos. Asimismo, consagra la obligación de la Política Nacional de Igualdad entre Hombres y Mujeres, adoptar las medidas necesarias para la erradicación de la violencia contra las mujeres.

  • 2018
    El Salvador

    Decreto nº 51

    Reforma a la Ley de Protección del Consumidor. Establece como publicidad ilícita (artículo 8) aquella que  presente a las mujeres de forma vejatoria, bien utilizando, particular y directamente su cuerpo o partes del mismo, como mero objeto desvinculado del producto que se pretende promocionar, o bien su imagen asociada a comportamientos estereotipados, sin perjuicio de lo establecido en la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres.

  • 2018
    México

    Ley General para prevenir, sancionar y erradicar los delitos en materia de trata de personas y para la protección y asistencia a las víctimas de estos delitos (última enmienda 2018)

    Versión actualizada de la Ley General para prevenir, sancionar y erradicar los delitos en materia de trata de personas y para la protección y asistencia a las víctimas de estos delitos.

  • 2018
    Peru

    Ley 30.862

    Fortalece diversas normas de la Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar. Consagra la violencia de tipo económica o patrimonial como sancionable bajo la ley integral. Establece el derecho de acceso a la información; a la asistencia jurídica y defensa pública; a la promoción, prevención y atención de salud. Establece normas para el procedimiento judicial en caso de violencia contra las mujeres, entre otros. 

  • 2018
    Porto Rico

    Ley 48

    Ordena a la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, en coordinación con el Departamento de Estado del Gobierno de Puerto Rico establecer el “Programa de protección y prevención de violencia doméstica para mujeres de nacionalidad extranjera residentes en Puerto Rico” a través de la implementación de campañas educativas a esos fines.

  • 2018
    Panamá

    Ley 7, que adopta medidas para prevenir, prohibir y sancionar actos discriminatorios y dicta otras disposiciones

    Esta Ley tiene por objeto prevenir, prohibir y sancionar actos discriminatorios y de violencia que atenten contra la honra, la dignidad, la integridad física y psicológica de las personas. Para lograr el objetivo previsto, el desarrollo de la Política Pública se enfocará en:
    1. Sensibilizar, prevenir y prohibir con miras a erradicar el hostigamiento, acoso sexual o moral, racismo y sexismo en el ámbito laboral, educativo, comunitario y en cualesquiera otros ámbitos;
    2. Imponer responsabilidades y saciones, garantizando con ello los derechos humanos, la dignidad, el respeto y el bienestar de toda mujer u hombre de cualquier edad.

  • 2018
    Equador

    Ley orgánica integral para la prevención y erradicación de la violencia de género contra las mujeres

    La presente Ley tiene por objeto prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres, producida en el ámbito público y privado, durante su ciclo de vida y en toda su diversidad, en especial, cuando se encuentran en situaciones de vulnerabilidad. Para tal efecto, se establecen políticas integrales, mecanismos para el monitoreo, seguimiento y evaluación; y, medidas para la prevención, atención, protección y reparación integral de las víctimas, así como también, la reeducación de la persona agresora, con el fin de garantizar a los sujetos de protección de esta Ley, una vida libre de violencia, que asegure el ejercicio pleno de sus derechos. 

  • 2018
    Uruguai

    Ley 19.580, que dicta normas contra la violencia hacia las mujeres, basada en género

    Esta ley tiene como objeto garantizar el efectivo goce del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia basada en género. Comprende a mujeres de todas las edades, mujeres trans, de las diversas orientaciones sexuales, condición socioeconómica, pertenencia territorial, creencia, origen cultural y étnico-racial o situación de discapacidad, sin distinción ni discriminación alguna. Se establecen mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención, protección, sanción y reparación.

    La ley  entiende por violencia basada en género hacia las mujeres toda conducta, acción u omisión, en el ámbito público o el privado que,  sustentada en una relación desigual de poder en base al género, tenga como objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos o las libertades fundamentales de las mujeres.

    El artículo 6º determina que  se constituyen  como manifestaciones de violencia basada en género, no excluyentes entre sí ni de otras que pudieran no encontrarse explicitadas, la violencia física,   violencia psicológica o emocional,   violencia sexual,   violencia por prejuicio hacia la orientación sexual, identidad de género o expresión de género,   violencia económica,   violencia patrimonial, violencia simbólica,   violencia obstétrica,   violencia   laboral,   violencia en el ámbito educativo, el acoso sexual callejero, la violencia política, violencia mediática, violencia feminicida, violencia doméstica, violencia comunitaria, violencia institucional y violencia étnica racial.

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