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Leis de violência

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The Gender Equality Observatory for Latin America and the Caribbean's repository of violence laws currently contains more than 380 legal instruments, classified by country, from 38 countries in Latin America and the Caribbean, as well as relevant legislation from Spain and Portugal.

Its content ranges from laws on domestic or intra-family violence, known as first-generation laws; the most recent regulations on integral protection against gender-based violence against women with their recent modifications and reforms-, which currently exist in 13 Latin American countries; the laws that criminalize the crime of femicide in 17 Latin American countries; In addition to regulations on sexual offenses; on harassment in the workplace; specific laws on street harassment and on the dissemination of intimate images by electronic media; also the law against harassment and political violence against women in the Plurinational State of Bolivia, and the law that punishes harassment against women in political life in Peru, the only specific laws in the region.

Also included are laws that criminalize and punish human trafficking and smuggling, regulatory norms of laws on violence against women; those that determine the creation of specialized bodies in different areas of the State; those that establish specific procedural norms for issues of violence on criminal procedure abbreviations, specialized courts, and the inadmissibility of alternative sentences; those that define the implementation of registration systems for cases of violence and those that refer to protection measures for victims, among others.

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  • 2017
    Panamá

    Decreto Ejecutivo 100, que reglamenta la ley que tipifica el femicidio y la violencia contra las mujeres

    El Decreto Ejecutivo reglamenta las disposiciones de la Ley 82 de 2013, Que adopta medidas de prevención contra la violencia en las mujeres y reforma el Código Penal para tipificar el femicidio y sancionar los hechos de violencia contra la mujer, con la finalidad de dar eficacia a su normativa, fortalecer los mecanismos institucionales y establecer procedimientos, para su implementación, conforme los fines y objetivos de la misma.

  • 2017
    Paraguai

    Decreto N° 6973 Por el cual se reglamenta la Ley N°5777/2016 "De protección Integral a las Mujeres, contra toda forma de Violencia"

    En el artículo 2° se especifica que su interpretación y aplicación se realizará de forma tal que priorice la más amplia y efectiva protección a la mujeren situación de violencia y sus entornos. Ninguna disposición podrá ser entendida o interpretada de forma contraria a la Ley ni podrá utilizarse para negar, menoscabar o limitar los derechos que se encuentran garantizados en ella. 

  • 2017
    Porto Rico

    Ley 59

    Crea el “Registro de Personas Convictas por Violaciones a la Ley de Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica”.

  • 2017
    Equador

    Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Servicio Público y al Código del Trabajo para prevenir el acoso laboral

    Consagra definición legal de acoso laboral como todo comportamiento atentatorio a la dignidad de la persona, ejercido de forma reiterada, y potencialmente lesivo, cometido en el lugar de trabajo o en cualquier momento en contra de una de las partes de la relación laboral o entre trabajadores, que tenga como resultado para la persona afectada su menoscabo, maltrato, humillación, o bien que amenace o perjudique su situación laboral.

  • 2017
    Peru

    Ley 30.609

    Modifica el Código de Ejecución Penal. Determina la improcedencia del beneficio penitenciario de redención de la pena por el trabajo o la educación para aquellos internos que hayan cometido delitos vinculados al crimen organizado conforme a la Ley 30077, Ley Contra el Crimen Organizado. Tampoco es procedente para los internos sentenciados por los delitos de femicidio, lesiones agravadas por violencia contra la mujer, trata de personas y formas agravadas de esta, violación sexual, entre otros.

  • 2017
    Nicarágua

    Ley nº 952

    Ley de reforma a la Ley Integral contra la Violencia hacia las Mujeres, Código Penal y Código Proceso Penal. Modifica los tipos penales de parricidio, asesinato, violación a menores de catorce años, violación agravada, asesinato agravado y feminicidio. Respecto de este último delito establece los hechos que serán constitutivos y sancionados como tal.

  • 2017
    Peru

    Ley 30.710

    Modifica el Código Penal, ampliando la prohibición del beneficio de la suspensión de la pena efectiva a los condenados por lesiones leves causadas por violencia contra la mujer.

  • 2017
    Peru

    Decreto Legislativo 1323

    Introduce como circunstancias agravantes del delito femicidio contenido en el artículo 108-B del Código Penal, el hecho de que la víctima sea adulta mayor; si fue sometida para fines de explotación humana; y por último, la comisión del delito en presencia de los hijos o hijas de la víctima, o bien, de niños, niñas o adolescentes que se encuentren bajo su cuidado. 

  • 2016
    Paraguai

    Ley n°5.777 De protección integral a las mujeres, contra toda forma de violencia.

    De acuerdo a su artículo 1°, la presente ley tiene por objeto establecer políticas y estrategias de prevención de la violencia hacia la mujer, mecanismos de atención y medidas de protección, sanción y reparación integral, tanto en el ámbito público como privado. En cuanto a su ambito de aplicación (art. 2°), la presente Ley se aplicará a las mujeres, sin ningún tipo de discriminación, frente a los actos u omisiones que impliquen cualquier tipo de violencia descripta en esta Ley y que se se produzca en los ámbitos que se establecen. 

    Asimismo, en el artículo 50, la ley tipifica el delito de feminicídio  como el acto resultante del homicidio de una mujer por su condición de tal y bajo cualquiera dentre entra serie de circunstancias que se nombran. La pena para este delito es la prisión entre 10 y 30 años.

  • 2016
    Costa Rica

    Ley No. 9406. Ley de relaciones impropias

    La presente ley  busca fortalecer la protección legal y administrativa de los derechos de las personas adolescentes ante situaciones de violencia de género asociadas a relaciones abusivas.

    La Ley también reforma el artículo 161 del Código Penal, que sanciona el abuso sexual, es decir a quien de manera abusiva realice actos sexuales contra personas menores de edad.

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