Brasil - Sistema político electoral
División Político Administrativa
La forma de gobierno es de República Federativa. La organización político administrativa comprende la Unión, los estados, el Distrito Federal y los municipios, todos autónomos en los términos de la Constitución. Los territorios federales integran la Unión, y su creación, transformación en estado o reintegración al estado de origen es regulada por ley complementaria. Cada estado dicta su propia constitución y se encuentra regido por un gobernador. La nación está subdividida en la capital y 26 estados y 5.570 municipalidades. (Constitución Política de la Republica Federativa del Brasil, 1988).
Parlamento nacional
El Congreso Nacional (Congresso nacional) es bicameral. La Cámara de Diputados (Cámara dos Deputados) esta formada con 513 miembros directamente elegidos por 4 años. El Senado Federal está formado con 81 miembros directamente elegidos, que son nombrados por 8 años, pero donde un tercio y dos tercios van renovándose alternativamente cada 4 años ( primero 1/3, y después los 2/3 restantes).
Gobierno municipal
El órgano ejecutivo de los municipios es el Prefecto y el órgano legislativo es la Cámara Municipal.
Duración de mandatos
"La elección del Prefecto, del Viceprefecto y de los Vereadores, es por un mandato de cuatro años, mediante votación directa y simultánea realizada en todo el Estado". Constitución Política de la Republica Federativa del Brasil, 1988. Cap.IV De los Municipios (Art. 29. I y II). Congreso Nacional. Cámara de Diputados: 4 años. Senado: son nombrados por 8 años, pero donde un tercio y dos tercios van renovándose alternativamente cada 4 años. ( primero 1/3, y después los 2/3 restantes).
Sistema de representación
Mayoritario para alcaldes (prefeitos), proporcional para concejales (vereadores). Constitución Política de la Republica Federativa del Brasil, 1988. Cap.IV De los Municipios (Art. 29. I y IV).Congreso Nacional. Cámara de Diputados: 513 miembros son elegidos a través de una lista abierta con el sistema de representación proporcional. Senado: 81 miembros son elegidos por mayoría de votos, tres para cada uno de los 26 estados y Brasilia (Distrito Federal). Voto obligatorio.
Tipo de listas
Abierta. Congreso Nacional. Cámara de Diputados:lista abierta con el sistema de representación proporcional. Senado: Voto en bloque, método de mayoría simple, bajo el cual resultan electos a los cargos los candidatos con mayor número de votos.
Circunscripción electoral
Uninominal para alcaldes (prefeitos) y plurinominal para concejales (vereadores). Congreso Nacional. Cámara de Diputados: 27 distritos electorales plurinominales (son elegidos de 8 a 70 plazas, con relación la población) correspondientes a 26 estados del país y el Distrito Federal. Senado: 27 plurinominales distritos electorales correspondientes a 26 estados del país y el Distrito Federal donde se eligen 3 miembros por cada uno.
Ley de cuotas y paridad
En 1995 se aprueba cuota 20% en listas electoras para el legislativo municipal,(1) Ley 9100/1995. Establece normas para elecciones municipales 1996. En 1997 se define que se registrarán un mínimo de 30% y un máximo de 70% para candidaturas de cada sexo. Art.10 Se modifica como una medida transitoria, registrar candidatos en un 25% para las municipales de 1998 (Art.80). En la actualidad todas las elecciones son con 30% de candidatos/as, Ley 9504/97. Establece normas para las elecciones. Se aplica a nivel municipal, legislativo y nacional.
Instrumentos jurídicos que norman el municipio
Constitución Política de la República Federativa del Brasil, 1988. Cap.IV De los Municipios.
Justicia electoral
El Tribunal Superior Electoral es el órgano dirigido a asegurar los medios efectivos que garantizan a la sociedad una plena manifestación de su voluntad, por el ejercicio del derecho a votar y ser votado.