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  • | 3 Feb 2020 | Leyes sobre paridad y cuotas de género

    Ley Orgánica Electoral, Código de la Democracia (2020)

    La Ley establece en su artículo 99 que las organizaciones políticas inscribirán las listas para elecciones pluripersonales y unipersonales bajo criterios de paridad e inclusión generacional. En el caso de las listas pluripersonales, éstas se conformarán paritariamente con secuencia de mujer–hombre u hombre–mujer hasta completar el total de candidaturas principales y suplentes.

  • | 12 Dic 1978 | Normativas sobre Cuidado

    Resolución C.S 318 de 12 de diciembre de 1978 y sus reformas posteriores

    Reglamento general sobre prestación de subsidio en dinero por enfermedad común, maternidad, accidente de trabajo y enfermedad profesional. Para las trabajadoras afiliadas al Código del Trabajo (sector privado), el subsidio por maternidad corre por cuenta del Instituto de Seguridad Social, durante dos semanas anteriores y seis posteriores al parto, será igual al 75% del sueldo o salario promedio de los tres meses de aportación anteriores al mes en que se inicie el reposo, correspondientes a los servicios prestados en la o las empresas en que se encontrare laborando la afiliada. El 25% de la remuneración será de cargo del patrono (Art. 22).

  • | | Planes de igualdad

    Plan Institucional para la Igualdad de Género

    Plan Institucional 2021-2025 que establece la visión estratégica del Consejo Nacional para la Igualdad de Género, encargado de formular, transversalizar, observar, seguir y evaluar las políticas públicas de género. Entre sus objetivos estratégicos, está el de formular políticas públicas para el logro de la igualdad y no discriminación en razón de género, en coordinación con las
    instituciones del Estado; transversalizar el enfoque de género en las diferentes funciones del Estado e instituciones del sector público e incidir en la transformación de los patrones sociales y culturales para garantizar la igualdad y la no discriminación; observar, dar seguimiento y evaluar el cumplimiento de la debida garantía y protección de los derechos humanos en materia de igualdad y no discriminación en razón de género; y fortalecer las capacidades técnicas institucionales.