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Autonomía económica

La autonomía económica se refiere a la capacidad de las mujeres de acceder, generar y controlar ingresos propios, activos y recursos productivos, financieros y tecnológicos, así como el tiempo y la propiedad. Considera la división sexual del trabajo y la desigual organización social del cuidado.

Indicadores

Población fuera del mercado laboral

Acerca de este Indicador

La alta carga del trabajo no remunerado a lo largo de la vida trae limitaciones a la autonomía económica de las mujeres y está directamente relacionada con su baja tasa de participación en el mercado laboral. En contraparte, y como ha sido la constante en los últimos 20 años, alrededor de un tercio de las mujeres que no participan del mercado laboral se dedica al trabajo doméstico y de cuidados no remunerado como actividad principal. Como resultado, quienes trabajan principalmente en la provisión de cuidados familiares no remunerados, ven afectadas sus posibilidades de recibir ingresos propios, acceder a recursos económicos y a la protección social basada en el empleo formal. 

Definición
Proporción de la población de 15 a 64 años que se encuentra fuera del mercado laboral y cuya actividad principal es el trabajo doméstico y de cuidado no remunerado, con relación al total de personas de 15 a 64 años que se encuentra fuera del mercado laboral. Se calcula según sexo y el resultado se expresa en porcentaje. El indicador se construye sobre la base de encuestas de hogares de los países en el Banco de Datos de Encuestas de Hogares (BADEHOG), entre el año 2000 y el último año disponible.

Normativas más recientes

  • | 31 Mar 2026 | Normativas sobre Cuidado

    Lei 15.371

    Ley que regula permiso de paternidad; establece el salario de paternidad en el ámbito de la Seguridad Social; y modifica la Consolidación de las Leyes Laborales. Se concederá al empleado la licencia de paternidad por el nacimiento de un hijo, la adopción o la tutela legal con el propósito de adoptar un niño o adolescente, sin perjuicio del empleo y el salario. Tendrá una duración de 10 (diez) días, a partir del 1 de enero de 2027 y aumentará progresivamente a 15 (quince) días, a partir del 1 de enero de 2028 y 20 (veinte) días, a partir del 1 de enero de 2029. El pago de la prestación por paternidad consistirá en un ingreso mensual igual a su remuneración completa, proporcional a la duración de la prestación.

  • | 16 Feb 2026 | Normativas sobre Cuidado

    Ley 21.805, reconoce el derecho al cuidado y crea el Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados

    La ley reconoce a todas las personas el derecho al cuidado, el cual comprende tanto el derecho a cuidar, como a ser cuidado y al autocuidado. El derecho al cuidado se garantizará de manera gradual y progresiva a las personas que, en atención a su situación de dependencia o por no haber alcanzado su plena autonomía, requieran recibir cuidados; y a las personas cuidadoras, sean éstas remuneradas o no. Asimismo, la ley establece el Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados (SNAC) que tiene por finalidad promover la autonomía, autovalencia y la vida independiente; prevenir la dependencia; y proveer apoyos y cuidados en un marco de corresponsabilidad social y de género. El SNAC constituye un modelo de gestión y coordinación intersectorial de la protección y del desarrollo económico y social del país destinados a los apoyos y cuidados. El Sistema estará constituido por las instituciones competentes, así como por el conjunto de programas, planes, políticas, servicios, prestaciones, normas, acciones y demás instrumentos destinados a los apoyos y cuidados.

  • | 28 Jul 2025 | Normativas sobre Cuidado

    Family Leave Act 2025

    An act to provide for family leave for male and female employees, access for the parents of the child to have leave together at the birth of the child or during the essential early months of development and to provide for related matters. Maternity leave shall be of a period of no less than 14 weeks. In the case of multiple births, a female employee shall be entitled to maternity leave for a period not less than 17 weeks. Paternity leave granted to a male employee shall be for a period of not less than 3 weeks and may be taken as a continuous period or be arranged in a manner where the male employee is allowed a period of no less than 2 weeks as he desires within the first 3 months of the birth of the child, and a period of not less than one week before the child is 6 months old.

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